El alcalde había cuestionado la objetividad del Concejo Municipal por una sanción impuesta anteriormente. Presidencia resolvió que aquel caso corresponde a hechos distintos y rechazó apartar a los regidores.
La presidenta Laura Fernández Delgado rechazó la recusación presentada por el alcalde de San José, Diego Miranda Méndez, contra integrantes del Concejo Municipal y permitió que ese órgano mantenga su competencia dentro de un procedimiento administrativo abierto contra el jerarca.
La decisión fue comunicada este lunes por Casa Presidencial mediante la resolución administrativa DP-R-005-2026.
Miranda había cuestionado la objetividad del Concejo debido a que ese mismo órgano ya lo había sancionado anteriormente en otro procedimiento.
Sin embargo, Presidencia concluyó que los hechos analizados en aquella sanción son diferentes de los que se investigan actualmente y que, por lo tanto, no existe motivo suficiente para separar al Concejo del conocimiento del caso.
La intervención de la presidenta se produjo por una situación poco habitual.
Miranda recusó inicialmente a los integrantes del órgano director encargado del procedimiento y posteriormente a 17 de los 22 regidores propietarios y suplentes del Concejo Municipal, lo que dejó al órgano sin el cuórum necesario para resolver por sí mismo las recusaciones.
La Ley General de la Administración Pública establece que, cuando un órgano colegiado no dispone de suficientes miembros para formar cuórum y tampoco existe un superior jerárquico que pueda resolver el asunto, corresponde a la Presidencia de la República tomar la decisión.
De ahí que el expediente terminara en manos de Fernández.
El procedimiento administrativo tiene su origen en el informe PEP-INF-25-2024 de la Procuraduría de la Ética Pública, relacionado con el supuesto uso de dos abogados de la Municipalidad de San José para atender un asunto personal del alcalde.
El Concejo Municipal abrió formalmente el procedimiento el 10 de febrero de este año y nombró un órgano director encargado de investigar los hechos. El acuerdo municipal dispuso además comunicar la apertura del procedimiento a la Procuraduría de la Ética Pública.
El asunto también llegó a la vía penal.
La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción solicitó un sobreseimiento definitivo al concluir que los hechos denunciados no configuraban una conducta delictiva. Esa decisión en materia penal es independiente del procedimiento administrativo que desarrolla la Municipalidad.
Uno de los argumentos utilizados por Miranda para cuestionar al Concejo estaba relacionado con una sanción anterior de 15 días sin goce salarial que los regidores le impusieron por actuaciones vinculadas con una licitación para adquirir vehículos eléctricos.
Esa sanción fue posteriormente suspendida cautelarmente por el Tribunal Contencioso Administrativo mientras se resuelve el proceso judicial de fondo.
Presidencia considera ahora que aquel expediente corresponde a hechos distintos de los examinados en el nuevo procedimiento, por lo que rechazó utilizarlo como fundamento para apartar al Concejo Municipal.
La resolución de Fernández no establece que Miranda sea responsable de los hechos investigados ni impone una sanción contra el alcalde.
Lo que resuelve es exclusivamente la recusación: el Concejo Municipal mantiene su competencia y el procedimiento administrativo puede continuar hasta que se determine lo que corresponda.
De las dos, para redes veo más potencial inmediato en la del Poder Judicial, porque el gancho de los ₡23.722 millones y el conflicto entre Hacienda y la Corte permite explicar claramente qué acaba de cambiar sin convertir la resolución en algo que no es.