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Sala IV condena a OPA y Trivisión por divulgar recetas médicas de Randall Zúñiga

Magistrados ordenaron eliminar publicaciones y concluyeron que se violó el derecho a la intimidad del exdirector del OIJ

Redacción · 1 min de lectura
Sala IV condena a OPA y Trivisión por divulgar recetas médicas de Randall Zúñiga
Sala IV condena a OPA y Trivisión por divulgar recetas médicas de Randall Zúñiga. Fotografía: AM Prensa.

Magistrados ordenaron eliminar publicaciones y concluyeron que se violó el derecho a la intimidad del exdirector del OIJ

Redacción- La Sala Constitucional de Costa Rica condenó a los canales televisivos OPA y Trivisión por divulgar imágenes de recetas médicas del exdirector del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Randall Zúñiga López, al considerar que se lesionó su derecho a la intimidad.

La resolución se dio tras un recurso presentado por Zúñiga López, en el que cuestionó la publicación de documentos médicos relacionados con su estado de salud.

Como parte de la sentencia, los magistrados ordenaron a ambos medios eliminar “de manera definitiva e inmediata” cualquier imagen o reproducción de las recetas médicas que permanezcan en sitios web, redes sociales o plataformas digitales, así como contenidos que puedan seguir indexados en internet.

La orden fue dirigida a Jesús Alberto Peraza Segura, representante de OPA, y a David Joseph Patey.

Además, Zúñiga solicitó que los directores de noticias y periodistas involucrados se abstengan en el futuro de divulgar información médica relacionada con su persona sin consentimiento.

Entre los señalados figuran Jerry Alfaro y Douglas Sánchez.

La Sala advirtió que el incumplimiento de lo ordenado podría derivar en sanciones de entre tres meses y dos años de prisión o multas equivalentes a 70 días.

En la resolución, los magistrados concluyeron que las recetas médicas forman parte de la historia clínica de una persona y constituyen “datos sensibles de acceso restringido”, independientemente de si se trata de un funcionario público.

Asimismo, la Sala determinó que la divulgación de ese contenido “fue irrelevante para la información periodística de interés público”, por lo que prevaleció el derecho a la intimidad sobre la libertad de información.

Los magistrados también condenaron a ambos medios al pago de costas, daños y perjuicios ocasionados al exdirector policial.

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