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Hombre que entrenaba en ropa íntima pierde recurso de amparo tras ser expulsado de gimnasio

Sala IV respaldó a Smart Fit al considerar que su reglamento de vestimenta no es discriminatorio ni viola derechos fundamentalesUn hombre que asistía a...

Redacción · 1 min de lectura
Hombre que entrenaba en ropa íntima pierde recurso de amparo tras ser expulsado de gimnasio
Hombre que entrenaba en ropa íntima pierde recurso de amparo tras ser expulsado de gimnasio. Fotografía: AM Prensa.

Sala IV respaldó a Smart Fit al considerar que su reglamento de vestimenta no es discriminatorio ni viola derechos fundamentalesUn hombre que asistía a entrenar en ropa íntima al gimnasio Smart Fit presentó un recurso de amparo tras ser expulsado por su vestimenta, pero la Sala Constitucional rechazó su reclamo.

El afectado denunció que, en noviembre de 2023, fue abordado por el personal de la sede del Mall San Pedro, quienes le pidieron abandonar las instalaciones tras recibir quejas de otros usuarios por vestir de forma “provocativa, irrespetuosa e inadecuada”.

El hombre alegó sentirse discriminado y expuso que su orientación sexual fue abordada por uno de los funcionarios, lo cual consideró una invasión a su intimidad. Sin embargo, el gimnasio explicó que desde el 2022 recibían constantes quejas por el uso de ropa íntima que marcaba las zonas genitales del usuario.

Ante la insistencia del hombre de no salir del gimnasio, se le advirtió que sería bloqueado su acceso si no acataba el reglamento interno, el cual establece límites claros sobre el tipo de vestimenta permitida.

Tras analizar el caso, la Sala IV determinó que Smart Fit no incurrió en discriminación ni violó derechos constitucionales. El alto tribunal validó que los establecimientos abiertos al público pueden establecer normas de ingreso y permanencia siempre que no impliquen exclusión por razones como raza, género u orientación sexual.

“El derecho de admisión no es absoluto, pero sí reglado. Siempre que se respeten los derechos fundamentales, los comercios pueden fijar condiciones para sus usuarios”, concluyó la resolución 07843-2024.

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