El propietario deberá restaurar el área afectada con especies nativas y mantener los árboles durante al menos dos años, bajo supervisión del SINAC.
Una medida cautelar ordenada por el Juzgado Penal de Cartago obliga a restaurar una zona boscosa que habría sido afectada en tres fincas ubicadas en San Marcos de Tarrazú, luego de una gestión presentada por la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental.
La resolución fue emitida el pasado 2 de septiembre y establece una serie de acciones que deberá cumplir un hombre de apellido Mata, quien figura como imputado dentro de una investigación que continúa en desarrollo.
Entre las principales disposiciones se encuentra la eliminación completa del cultivo de café que actualmente existe en el área señalada como afectada. Para cumplir con esta orden, Mata tendrá un plazo de dos meses para ejecutar las labores correspondientes.
Una vez retiradas las plantas de café, el terreno deberá mantenerse en un proceso de regeneración natural. Además, el imputado tendrá que sembrar árboles de especies nativas y brindarles mantenimiento durante un periodo mínimo de dos años.
Las labores no podrán realizarse sin acompañamiento técnico. De acuerdo con la resolución judicial, el imputado deberá contar con asesoría del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), con el objetivo de que la zona avance progresivamente hacia la recuperación de la cobertura forestal que tenía anteriormente.
El SINAC también tendrá la posibilidad de ingresar a los terrenos para verificar el cumplimiento de las medidas ordenadas y dar seguimiento al proceso de restauración ambiental.
La resolución establece además consecuencias en caso de que las disposiciones judiciales no sean acatadas. El Juzgado advirtió que, si las labores no se realizan dentro del plazo establecido, podría remitirse un testimonio de piezas para investigar una eventual comisión del delito de desobediencia a la autoridad, contemplado en el artículo 314 del Código Penal.
Pero la medida también contempla un mecanismo para garantizar que la restauración se lleve a cabo incluso si el imputado no cumple voluntariamente con lo ordenado.
En caso de incumplimiento, el SINAC, mediante el Área de Conservación Central, deberá coordinar y ejecutar las labores necesarias para recuperar la zona afectada. Para ello contará con un plazo adicional de un mes, una vez vencidos los dos meses otorgados inicialmente al imputado.
Según lo establecido por el Juzgado, esas labores de restauración podrían realizarse incluso sin autorización del propietario, con el propósito de garantizar la recuperación del área.
Como parte de las medidas cautelares, las autoridades judiciales también ordenaron realizar una anotación registral sobre las tres fincas involucradas. Esta anotación permitirá dejar constancia de la existencia del proceso penal relacionado con los inmuebles.
La Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental mantiene abierta la investigación para determinar las circunstancias en las que se habría producido la afectación de la cobertura forestal y las eventuales responsabilidades que correspondan.
Por ahora, las medidas dictadas tienen como principal objetivo evitar que el daño ambiental se prolongue y establecer acciones concretas para que el área pueda recuperar progresivamente sus condiciones forestales.