Redacción- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó, mediante la resolución n.° 7138-E1-2025 del 20 de octubre, el recurso de amparo electoral presentado por Brandon Marín Toruño (c.c. Brandon Toruño) contra la candidata presidencial Laura Fernández Delgado y el partido Pueblo Soberano (PPSO).
El recurrente alegaba que Fernández había hecho alusiones proselitistas al “proyecto rodriguista” y a los “jaguares”, además de participar en actividades convocadas por el Gobierno de la República, incluyendo una actividad de emprendedurismo en la antigua aduana, supuestamente financiada con fondos públicos.
TSE: Candidatos pueden aludir a movimientos políticos y asistir a actividades públicas
En su análisis de fondo, el TSE determinó que no existe infracción electoral en las conductas señaladas.
Los magistrados concluyeron que es legítimo que las personas candidatas vinculen su discurso político con grupos que ejercen o han ejercido el poder, o con movimientos con los que se identifican ideológicamente.
Asimismo, el Tribunal precisó que no existe una limitación jurídica que impida a los aspirantes asistir a actividades convocadas por instituciones públicas, por lo que su sola presencia en esos actos no implica responsabilidad electoral.
Advertencia a funcionarios públicos: deben mantener neutralidad
Sin embargo, el TSE advirtió sobre el deber de neutralidad de los funcionarios públicos en esos eventos.
Señaló que si una actividad oficial se transforma en un espacio de promoción política o genera un aprovechamiento proselitista, los jerarcas y organizadores podrían incurrir en beligerancia política, una falta sancionable tanto electoral como administrativamente.
“La asistencia de candidatos o candidatas a actividades del Gobierno no puede ser una excusa para desatender el deber de imparcialidad de los funcionarios públicos”, establece la resolución.
El Tribunal recordó que las autoridades deben tomar medidas preventivas para evitar que actos oficiales se conviertan en plataformas de visibilización partidaria, especialmente cuando son financiados con recursos públicos.
Con esta resolución, el TSE reitera los límites entre la participación política legítima y el uso indebido del aparato estatal, garantizando que la imparcialidad y la equidad electoral prevalezcan durante el proceso de campaña.