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Poder Judicial desmiente que mantenga un superávit y aclara destino de recursos

Redacción- El Poder Judicial rechazó las versiones que aseguran que la institución mantiene un superávit presupuestario y afirmó que esa información es...

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Poder Judicial desmiente que mantenga un superávit y aclara destino de recursos
Poder Judicial desmiente que mantenga un superávit y aclara destino de recursos. Photo: AM Prensa.

Redacción- El Poder Judicial rechazó las versiones que aseguran que la institución mantiene un superávit presupuestario y afirmó que esa información es incorrecta, al explicar que, por ley, no puede acumular recursos al cierre de cada ejercicio económico.

Mediante un comunicado, la institución recordó que desde la entrada en vigencia de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, en el año 2001, los saldos presupuestarios que no se ejecutan al finalizar el periodo fiscal caducan y regresan al Ministerio de Hacienda, por lo que el Poder Judicial no puede conservar esos fondos ni destinarlos a otras inversiones.

La aclaración surge luego de que circulara información relacionada con un supuesto superávit institucional.

El Poder Judicial explicó que los recursos a los que se hace referencia corresponden a un Fideicomiso de Infraestructura, creado exclusivamente para financiar la construcción de edificios judiciales.

Según la institución, esos recursos permanecen en la Caja Única del Estado y únicamente el Ministerio de Hacienda tiene la facultad de administrarlos e invertirlos, así como de recibir los rendimientos que generen.

Entre los proyectos que serán financiados con ese fideicomiso destacan los nuevos edificios de los Tribunales de Justicia de Quepos y Cañas, donde actualmente el Poder Judicial debe alquilar instalaciones para prestar sus servicios.

La institución añadió que la disponibilidad de esos recursos ha sido posible gracias a leyes especiales aprobadas para ese fin, aunque señaló que normalmente ingresan en etapas avanzadas del año, lo que limita su utilización para otros gastos presupuestarios.

Asimismo, indicó que, por disposición del Ministerio de Hacienda, esos fondos tampoco pueden utilizarse para crear nuevas plazas de trabajo, por lo que deben destinarse únicamente a proyectos de infraestructura.

Finalmente, el Poder Judicial insistió en que no posee un superávit presupuestario, sino recursos con un destino específico y un régimen jurídico particular, orientados a mejorar la infraestructura judicial, fortalecer la atención a la ciudadanía y generar ahorros al Estado mediante la reducción del pago de alquileres.