Skip to content

Cartago, Costa Rica

Thursday, October 1, 2026

News from Cartago and Costa Rica since 2019
ES

National

TSE acoge amparo de la Defensora de los Habitantes contra Rodrigo Chaves y el Ministerio de Seguridad Pública

Tribunal concluye que hubo distorsión informativa y afectación a principios democráticos y a la libertad del sufragio

Redacción · 2 min read
TSE acoge amparo de la Defensora de los Habitantes contra Rodrigo Chaves y el Ministerio de Seguridad Pública
TSE acoge amparo de la Defensora de los Habitantes contra Rodrigo Chaves y el Ministerio de Seguridad Pública. Photo: AM Prensa.

Tribunal concluye que hubo distorsión informativa y afectación a principios democráticos y a la libertad del sufragio

Redacción- Mediante la resolución n.° 9145-E1-2025, del 18 de diciembre, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por Angie Cruickshank Lambert, Defensora de los Habitantes, contra Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la República, y Mario Zamora Cordero, Ministro de Seguridad Pública.

El recurso se presentó por manifestaciones consideradas desinformadoras realizadas por el Presidente durante la conferencia de prensa del 1 de octubre, así como por la difusión, el 2 de octubre, de una imagen en las redes sociales de distintos ministerios —incluido el Ministerio de Seguridad Pública— en la que aparecía el rostro del Presidente sobre un fondo multicolor, con un recuadro negro sobre su boca y la leyenda “Cayó la mordaza”.

A juicio de la recurrente, estos hechos violentaron el derecho de acceso a información pública veraz, completa, objetiva y neutral, así como el principio democrático, el orden público, la seguridad nacional y la institucionalidad democrática.

El TSE fundamentó la declaratoria con lugar al considerar que la distorsión informativa atribuida al Presidente de la República, en pleno proceso electoral, constituye un irrespeto al principio democrático, a los principios fundacionales de la función electoral y a la institucionalidad democrática, lo cual conlleva una afectación refleja de la libertad del sufragio.

Asimismo, el Tribunal declaró con lugar el amparo respecto a la publicación realizada en las redes sociales del Ministerio de Seguridad Pública, al estimar que dicha difusión generó alerta y confusión sobre el deber constitucional de colaboración y apoyo de las fuerzas de policía durante el proceso electoral, contraviniendo principios como la libertad, el orden, la pureza y la imparcialidad del sufragio, así como la regla constitucional que establece el mando compartido de la Fuerza Pública con el TSE.

Keep reading

More from National