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Patronos deberán pagar liquidaciones en un solo tracto y antes de 30 días según nuevo proyecto

La diputada oficialista Ada Acuña impulsa una iniciativa que fija plazos, sanciones y obligaciones claras para garantizar un pago más rápido al trabajador...

Redacción · 2 min read
Patronos deberán pagar liquidaciones en un solo tracto y antes de 30 días según nuevo proyecto
Patronos deberán pagar liquidaciones en un solo tracto y antes de 30 días según nuevo proyecto. Photo: AM Prensa.

La diputada oficialista Ada Acuña impulsa una iniciativa que fija plazos, sanciones y obligaciones claras para garantizar un pago más rápido al trabajador cesado.

Un vacío legal que por años ha complicado a miles de trabajadores despedidos podría quedar atrás con una nueva propuesta de ley que obliga a todos los patronos a cancelar las liquidaciones completas en un único tracto y dentro de un plazo máximo de 30 días, una medida que promete agitar el debate laboral en Costa Rica.

La diputada oficialista Ada Acuña Castro presentó el proyecto llamado Ley para el pago eficiente del auxilio de cesantía, preaviso, aguinaldo y vacaciones al trabajador, que busca ordenar un proceso que hasta hoy no cuenta con tiempos definidos ni sanciones claras para los patronos que incumplen.

Según explicó la congresista, esta iniciativa pretende cerrar un portillo histórico que ha dejado a muchos trabajadores esperando durante semanas o incluso meses el dinero que la ley les reconoce. La propuesta establece que, si existe preaviso, la liquidación debe cancelarse completamente durante ese periodo. Si no lo hay, el patrono tendría un máximo de 30 días naturales desde la finalización de la relación laboral para efectuar el pago total.

El proyecto adiciona un artículo 30 bis al Código de Trabajo que también obliga al patrono moroso a indemnizar al trabajador desde el primer día de incumplimiento y hasta que complete todos los rubros pendientes. En este punto se aplicaría lo contemplado por el artículo 565 de la legislación vigente.

Además, se incluye una reforma al artículo 679 para garantizar que las sentencias en firme, que impongan multas por incumplimiento, sean notificadas de forma adecuada y gestionadas por la Dirección Nacional de Inspección General de Trabajo. Esta entidad se encargaría de cobrar y distribuir esos recursos a los trabajadores afectados.

La propuesta también contempla multas para el patrono que no respete los plazos, tomando como referencia el artículo 398 del Código de Trabajo.

La iniciativa ya genera reacciones entre sectores laborales y empresariales, pues de aprobarse modificaría de manera directa los procesos de pago de derechos y liquidaciones en todo el país.

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