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title: "¿Puede un cónyuge infiel obligar a su expareja a darle pensión? Esto determinó la Sala Constitucional"
description: "La decisión reafirma que una persona no está obligada a pagar pensión a su expareja si logra demostrar que hubo infidelidad."
date: 2025-10-22T16:05:31.919Z
modified: 2025-10-22T16:05:31.919Z
author: "Redacción"
section: "Crime & courts"
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language: es-CR
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# ¿Puede un cónyuge infiel obligar a su expareja a darle pensión? Esto determinó la Sala Constitucional

*La decisión reafirma que una persona no está obligada a pagar pensión a su expareja si logra demostrar que hubo infidelidad.*

Crime & courts · October 22, 2025, 10:05 · Redacción

## In 3 points

- La decisión reafirma que una persona no está obligada a pagar pensión a su expareja si logra demostrar que hubo infidelidad.
- Redacción- La Sala Constitucional resolvió que no es inconstitucional el artículo 173 del Código de Familia.
- Una vez que se emita y notifique la sentencia completa, los juzgados de familia podrán reanudar los procesos suspendidos y aplicar el criterio establecido por la Sala Constitucional.

La decisión reafirma que una persona no está obligada a pagar pensión a su expareja si logra demostrar que hubo infidelidad.

Redacción- La Sala Constitucional resolvió que no es inconstitucional el artículo 173 del Código de Familia, que excluye el derecho a recibir pensión alimentaria cuando se comprueba que la persona solicitante cometió infidelidad durante la relación.

De esta forma, los magistrados rechazaron un recurso que pretendía eliminar esta limitación y obligar al pago de pensión a las exparejas, aun cuando se demostrara adulterio.

El artículo 173 establece expresamente que no existe obligación de proporcionar alimentos a quien haya incurrido en adulterio o infidelidad.

El caso que originó la discusiónEl debate judicial surgió a raíz de un proceso en el que una mujer solicitó pensión a su expareja, pero el hombre logró demostrar que la relación había terminado precisamente por una infidelidad de ella.

Ante esa situación, el hombre acudió a la Sala Constitucional, luego de que la mujer alegara que el artículo en cuestión violaba el artículo 33 de la Constitución Política, que garantiza la igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación.

Tres años de parálisis en los juzgadosEl caso provocó que durante tres años varios procesos similares permanecieran detenidos en los juzgados de familia, a la espera del criterio definitivo de la Sala IV.

Aunque ya se conoció la decisión de fondo —que ratifica la validez del artículo—, el fallo integral aún no ha sido redactado ni notificado oficialmente a los tribunales, lo que impide reactivar los casos pendientes.

Qué significa la resoluciónEn la práctica, la decisión reafirma que una persona no está obligada a pagar pensión a su expareja si logra demostrar que hubo infidelidad.

Una vez que se emita y notifique la sentencia completa, los juzgados de familia podrán reanudar los procesos suspendidos y aplicar el criterio establecido por la Sala Constitucional.

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