Sala IV le jala las orejas al CONAVI por desobedecer orden de construir pasos de fauna en Ruta 32
El caso podría escalar hasta el Ministerio Público si persiste la omisión de cumplir con una sentencia ambiental vigente desde 2021.Redacción- La Sala...
El caso podría escalar hasta el Ministerio Público si persiste la omisión de cumplir con una sentencia ambiental vigente desde 2021.Redacción- La Sala Constitucional le dio un nuevo ultimátum al Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), tras acoger una gestión por desobediencia presentada por la activista ambiental María Elena Fournier. La denuncia se basa en el incumplimiento de la sentencia 2021-001189, que obligaba al CONAVI a construir 21 pasos de fauna a lo largo de la Ruta Nacional 32, donde hasta la fecha solo se han habilitado dos con el diseño previamente aprobado por expertos del TEC y la Comisión de Vías y Vida Silvestre.
El pasado 14 de marzo, la Sala otorgó audiencia al director ejecutivo del CONAVI, Mario Rodríguez —o a quien ocupe el cargo—, para que justificara el aparente incumplimiento. En respuesta, el actual director Efraím Zeledón aseguró bajo juramento que hay 16 estructuras terminadas de un total de 20 pasos inferiores contemplados, así como avances técnicos y trámites con SETENA.
Pese a lo anterior, la Sala estimó que persiste la falta de cumplimiento total y reiteró su orden de que se construyan y habiliten los pasos de fauna en los tramos ya intervenidos, además de planificar los restantes en las secciones por rehabilitar.
La resolución advierte que, si se comprueba la desobediencia, podrían tomarse medidas más severas, incluyendo un procedimiento administrativo contra el funcionario responsable y hasta el traslado del caso al Ministerio Público por el posible delito de desobediencia, según los artículos 53 y 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
María Elena Fournier, quien lidera la denuncia, está representada por el abogado Wálter Brenes Soto, especialista en Derecho Público y reconocido por su labor en procesos judiciales ambientales.
El caso quedó registrado bajo el expediente 20-020651-0007-CO, con la resolución No. 2025016068 emitida el pasado 30 de mayo.
Ahora, el CONAVI tiene la advertencia clara: cumplir la orden o enfrentar consecuencias legales.