Demanda por difamación sacude la industria de la Cirugía Plástica: Ola Centro Médico vs. Motiva Implants
El empresario Ronald Torres Blanco, propietario de la clínica estética Ola Centro Médico, presentó una querella penal ante el Tribunal Penal de Pavas contra...
El empresario Ronald Torres Blanco, propietario de la clínica estética Ola Centro Médico, presentó una querella penal ante el Tribunal Penal de Pavas contra Marco AndrehyChacón Quirós, representante legal de la empresa Herramientas Médicas S.A., por el presunto delito de propaganda desleal.
Dicha empresa es proveedora de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y se ubica en una zona franca, lo cual le permite gozar de beneficios tributarios.
Según la denuncia, de la cual se tiene copia, que presentada por el abogado Alberto García este 17 de junio, Chacón habría utilizado las redes sociales oficiales de su empresa para difundir información falsa en contra del centro médico que dirige Torres, asegurando públicamente que dicha clínica no estaba autorizada para colocar implantes mamarios de la marca Motiva ni contaba con un cirujano plástico calificado para esos procedimientos.
Torres sostiene que esas afirmaciones son completamente falsas, ya que desde 2016 su clínica cuenta con todos los permisos sanitarios vigentes y que el médico encargado de estos procedimientos, el doctor Rodrigo Cabrera Mendieta, es un cirujano plástico certificado, con especialidad reconocida y miembro de la Asociación de Médicos Especialistas en Cirugía Plástica Reconstructiva y Estética de Costa Rica.
Además, documentó que fue ese mismo especialista quien, durante los primeros meses del 2025, adquirió directamente a Herramientas Médicas S.A. al menos seis implantes de la marca Motiva, con pleno conocimiento de que serían colocados en Ola Centro Médico.
La denuncia solicita al tribunal admitir la querella, investigar el caso, convocar a audiencia y eventualmente condenar a Chacón Quirós por los daños causados, así como al pago de las costas judiciales. Además, se solicitó auxilio judicial para ubicar el domicilio del querellado, ya que no se tiene su dirección exacta.
El delito de propaganda desleal está contemplado en el artículo 249 del Código Penal y castiga a quien, por medios engañosos, intente desviar clientela en beneficio propio o de terceros.
Para Torres, empresas que trabajan para el gobierno y tienen la ventaja de trabajar dentro de zonas especiales, deben ajustarse al ordenamiento jurídico del país sin lesionar a terceros.
Al final de esta tarde se intentó tener la posición por parte de la parte demandada, pero no no fue posible ubicarlos en el número de teléfono que aparece en sus redes sociales.